"Asegurando  la Calidad de sus Tratamientos"                                           

 
 
 
LEGISLACIÓN NACIONAL
La legislación costarricense establece la periodicidad del sistema de control de los equipos utilizados en los consultorios fisioterapéuticos como un requisito para poder operar y como una medida de protección hacia los pacientes cuando reciben tratamientos en los que actúan variables eléctricas sobre el cuerpo humano.   Es la medición de las señales de salida de los equipos de dosificación  utilizando como patrones equipos calibrados,  lo que arroja información sobre el correcto estado de los equipos o sobre la necesidad de mantenimientos correctivos.  Un equipo que en apariencia se encuentra en buen estado, podría tener su señal de voltaje o corriente eléctrica descalibrada,  esto podría causar serios daños  a los pacientes, en algunos casos daños irreversibles como quemaduras de tercer grado.

Para mayor información, sobre la legislación vigente, haga clic en el siguiente enlace (PDF) :

Decreto Ejecutivo Nº 32328-S Norma para la Habilitación de Establecimientos que Brindan Terapia Física

 

 
 
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